Trabajo y Producción Info del área

Ley Alas (N° 13.136)

Permite solicitar el alta, renovación o baja en la Ley Provincial N° 13.136 (Ley ALAS) para eximir del Impuesto a los Ingresos Brutos a emprendedores y trabajadores de la economía social que generen autoempleo.

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Requisitos para iniciar el trámite

  • Frente y dorso de DNI según corresponda.
  • Certificado de domicilio o fotocopia de un servicio según corresponda.
  • En caso de solicitar ALTA:
  • Constancia de inscripción en ARCA (ex AFIP) según corresponda.
  • Constancia de inscripción en ARBA según corresponda.
  • Constancia de domicilio o factura de Servicio/Impuesto según corresponda.
  • Constancia de pago del último monotributo según corresponda.
  • En caso de solicitar RENOVACIÓN:
  • Constancia de inscripción en ARCA (ex AFIP) según corresponda.
  • Constancia de inscripción en ARBA según corresponda.
  • Constancia de domicilio o factura de Servicio/Impuesto según corresponda.
  • Constancia de pago del último monotributo según corresponda.
  • En caso de solicitar BAJA:
  • Certificado de baja/cese de actividades en ARCA (ex AFIP) según corresponda.
  • Constancia de baja/cese de actividad en ARBA según corresponda.
  • Constancia de baja/cese de actividad en ARBA según corresponda.

Pasos a seguir para realizar el trámite

  1. Ingresá a la plataforma Mi3F, al trámite de "Ley Alas", completá/verificá tus datos personales y de contacto, y seleccioná el tipo de solicitud a realizar (Alta, Renovación o Baja).
  2. Adjuntá la documentación requerida según la opción elegida y confirmá el envío de la solicitud.

Observaciones importantes

  • Es un trámite estrictamente personal y 100% gratuito.
  • Ante cualquier duda, se puede consultar personalmente en la Dirección de Empleo (Alberdi 4840, Caseros, Piso 3) de lunes a viernes de 8:00 a 14:00 hs, o por correo electrónico a oficinadeempleo@tresdefebrero.gov.ar
  • Una vez iniciada la gestión online, el Municipio realizará la inspección de la documentación adjunta. En caso de ser aprobada, se te notificará para completar la etapa presencial del trámite.
  • Quedan excluidas del beneficio aquellas actividades comerciales que posean como objetivo principal el fin de lucro masivo y la acumulación de capital.
Última actualización: 30/07/2026

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